Congreso aprueba la convocatoria para la elección del Titular de la Contraloría General del IEEPCO
•A partir de este 11 de abril se recibirá la documentación de las y los aspirantes.
San Raymundo Jalpan, Oax. 10 de abril de 2024.- Con 26 votos a favor, el Pleno de la LXV Legislatura local aprobó la emisión de la convocatoria para la elección de la persona titular de la Contraloría General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), para un periodo de tres años.
Las personas participantes deberán cumplir y acreditar los requisitos establecidos en el artículo 38 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 100 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 72 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca, entre los cuales destacan el tener la ciudadanía mexicana por nacimiento.
Aunado a ello, tener más de 30 años de edad el día de la designación, contar con antigüedad mínima de cinco años, título profesional de nivel licenciatura, de contaduría pública u otra relacionada en forma directa con las actividades de fiscalización, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello. No ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
Gozar de buena reputación, no haber sido condenado o condenada por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial, o no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión.
“Pero si se tratara de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte la buena fama en el concepto público, ello lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena”, refiere la convocatoria.
De igual manera, las personas aspirantes deberán presentar su documentación, entre la cual destaca curriculum vitae firmado, carta manifestando bajo protesta de decir verdad que no tiene impedimento legal alguno para ocupar el cargo, enunciando uno por uno el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Asimismo, copia de credencial para votar vigente, copia certificada del acta de nacimiento, constancia de vecindad o residencia en caso de no ser originaria u originario del estado, copia certificada del título profesional, constancia de no inhabilitación vigente.
Certificado expedido por la Dirección del Registro Civil que acredite no estar inscrito en el registro de deudores alimentarios morosos; y escrito libre en el que exprese los motivos por los que considere que es apto (a) para ocupar el cargo.
La documentación de las y los aspirantes se recibirá por un periodo de cuatro días hábiles, contados a partir del 11 al 16 de abril de 2024, en un horario de 9:00 a 15:00 horas, en la oficina que ocupa la Presidencia de la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana de la LXV Legislatura local, en San Raymundo Jalpan.
El plazo para la revisión de la documentación se llevará a cabo del 17 al 19 de abril de 2024. Mientras las entrevistas a aspirantes serán entre el 22 y 23 de abril; y el proceso de evaluación del 24 al 25 del mismo mes del presente año.
Posteriormente, la Comisión Permanente de Democracia y Participación Ciudadana, deberá presentar el dictamen que contenga la terna con los nombres de las candidaturas, para ser sometido a votación por el Pleno, a más tardar el 30 de abril de 2024.
Será mediante el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes del Pleno, que se elija a quien será titular de la Contraloría General del IEEPCO, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71, numeral 2, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.
Este contenido es de carácter informativo y se comunica con base a las fracciones III y IV del artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Transparencia y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, sin fines electorales.